Recuerda que es delito acosar a una persona. El hostigamiento laboral puede incluir acoso sexual o comentarios sexuales indeseados.
En este sentido, existen diversas formas de manifestación del acoso en el trabajo, tales como acciones contra el desempeño laboral, la reputación o la dignidad personal, el aislamiento y negación de comunicación y/o abuso verbal, sustancia de violencia física y sexo.
Cabe señalar que el acoso puede ser cometido desde un superior jerárquico a un empleado (jefe), entre compañeros del mismo tipo, o desde un puesto inferior a un superior jerárquico, es decir, es descendente, ascendente u horizontal en la jerarquía de la organización.
Hostigamiento Sexual
Es una forma de violencia que puede crear un ambiente intimidatorio, hostil o humillante.
Conductas Sexistas
Son comportamientos que refuerzan estereotipos, suponen la subordinación de un sexo o género, respecto al
otro.
Conductas Sexuales
Son actos físicos o verbales de connotación sexual tales como: comentarios e insinuaciones, observaciones,
tocamientos, roces, acercamientos corporales, entre otros.
¿Qué hacer si soy víctima de Hostigamiento Sexual?
- Presentar tu denuncia ante la oficina de Recursos Humanos de tu trabajo.
- El hecho será investigado por el Comité o Delegado contra el Hostigamiento Sexual de la empresa.
- El empleador deberá ofrecer medidas de protección y, de ser comprobado, sancionará al hostigador.
RECUERDA QUE:
Si la empresa no investiga, la víctima puede denunciar a SUNAFIL o recurrir a la vía judicial.
La empresa no puede despedir o dejar de renovar el contrato por presentar la queja o denuncia de hostigamiento.